Presentarán una propuesta de ley en el Parlament
El Gobierno y los Comunes presentarán el próximo lunes en el Parlament una proposición de ley que permitirá convertir oficinas, hoteles y locales comerciales en vivienda protegida sin necesidad de modificar el planeamiento urbanístico. La norma incluirá otras vías para aumentar la oferta de VPO, como incrementar hasta un 20% la edificabilidad, levantar nuevas plantas o subdividir inmuebles para crear nuevos pisos. Las medidas serán voluntarias, tendrán una vigencia de cuatro años y podrán aplicarse en unos 270 municipios.
Según los cálculos del Gobierno y los Comunes, podrían permitir generar entre 15.000 y 20.000 viviendas durante ese período. Además, todos los nuevos inmuebles que se construyan deberán destinarse a residencia habitual y permanente. La medida está en el marco del objetivo que se marcó el presidente Salvador Illa de incrementar el parque público de vivienda en 50.000 unidades hasta 2030.
La consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, Sílvia Paneque, ha explicado que «esta iniciativa se corresponde a una prioridad inaplazable: ampliar el parque de vivienda protegida y garantizar que la vivienda cumpla aquella función social, esencial, que es la de ser un hogar». Paneque ha enmarcado la proposición de ley en «el despliegue de las políticas más ambiciosas en el ámbito de la vivienda que nunca se han llevado a cabo en Cataluña», desde el convencimiento de que «vivimos un momento de emergencia residencial que exige más capacidad de actuación, más cooperación con todas las instituciones y menos tiempo entre la planificación y la obra».
La presidenta de los Comunes en el Parlament de Catalunya, Jéssica Albiach, ha destacado que la propuesta de ley permitirá que «estas nuevas viviendas tendrán que ser viviendas protegidas de manera permanente, por tanto, vivienda protegida de por vida, al tiempo que toda la vivienda de Nueva construcción de mercado libre que se haga, deberá ser para vivir y para alquilar a precio topado».
Medidas para intensificar la VPO
La proposición de ley consta de hasta cinco medidas para facilitar la construcción de VPO, sin necesidad de modificar el planeamiento urbanístico, e incluye una sexta medida adicional.
Las nuevas viviendas construidas a partir de las medidas temporales y excepcionales que se contemplan mantendrán la calificación de VPO de forma indefinida y en ningún caso podrán convertirse en viviendas libres ni tener ningún otro uso residencial distinto al de protección pública. Cada dos años el Govern informará sobre las viviendas obtenidas con este paquete de medidas.
En primer lugar, se admite la creación de la VPO en suelo de uso terciario de oficinas, edificios de hoteles y aparcamientos privados en altura, a condición de que estas nuevas viviendas ocupen como mínimo el 50% de la superficie construida del edificio. También se facilitará, siempre que el Ayuntamiento lo acuerde, reconvertir vivienda protegida en locales comerciales de planta baja con una superficie mínima de 50 m2.
En segundo lugar, se permite incrementar la edificabilidad del techo residencial un 20%, incluso por encima de la altura reguladora, para construir VPO en los siguientes dos casos: primero, en los suelos o edificios de uso terciario aislados de otras construcciones, ya sean oficinas, edificios hoteleros y aparcamientos en altura, que se conviertan íntegramente en vivienda protegida; y segundo, en equipamientos comunitarios, también aislados del resto de edificios, donde se ejecute alojamiento temporal de protección.
Con el objetivo de permitir la reconversión de la planta hotelera en municipios que puedan tener exceso de planta hotelera, se permite la reconversión en vivienda con el objetivo de favorecer la promoción de vivienda de protección.
Dentro de esta medida, también se posibilitará incrementar la edificabilidad hasta un 20% del techo residencial previsto en suelos urbanos no consolidados y urbanizables.
En cuanto a la tercera medida presentada, se podrán levantar nuevas plantas para realizar VPO en aquellas construcciones que tienen la edificabilidad agotada pero altura remanente. Estas plantas no podrán superar la altura real de las medianeras de los edificios laterales y, para blindar la vivienda protegida, en caso de sustituir la edificación por una nueva, ésta deberá incorporar el mismo número de VPO.
La cuarta medida facilita que, en aquellos edificios en los que actualmente no se pueden prever más viviendas, se permitirán subdivisiones y también reconvertir despachos a vivienda protegida, también con la condición de superficie mínima de 50 m². En el caso de subdivisión, la nueva vivienda debe ser protegida y, en el caso de cambio de uso o de cambio de uso y subdivisión, toda la superficie que cambia debe ser de VPO.
Como última medida para facilitar vivienda protegida sin necesidad de modificar el planeamiento, se posibilita construir VPO en aquellas parcelas que carecen de condiciones mínimas de edificación, siempre que se cumplan los requisitos de habitabilidad.







